Programa de Desviación Previo al Juicio PC 1000

El artículo 1000 concerniente al código penal vigente en California (PC) contempla un proceso de desvío anterior al juicio según el cual aquellos que han violado una ley y por ende cometido un crimen leve vinculado a drogas, no deben ser remitidos a la cárcel, pero para que ello ocurra tienen la obligación de cumplir a cabalidad los términos del programa.

El citado programa se caracteriza por ofrecer rehabilitación, tratamiento o asesorías a un individuo con la finalidad de que logré dejar de lado la adicción a narcóticos o drogas, al mismo tiempo que se evita su reincidencia en la ejecución de nuevos crímenes.

Dicho de otro modo, un programa de desvío anterior al juicio es una medida de sanción alternativa al encarcelamiento, donde un individuo se compromete a cumplir ciertas condiciones a cambio de que el Juez desestime los cargos, lo cual tendrá lugar una vez que el Juez verifique el cumplimiento satisfactorio del programa.

Sin embargo, este programa no está disponible para todos, ya que se requiere cumplir ciertos requisitos expresamente señalados por la ley.

Si desafortunadamente fue arrestado por presuntamente haber cometido un crimen vinculado a drogas en Long Beach, quizás usted sea un candidato idóneo al Programa de Desviación Previo al Juicio. Para obtener información sobre el tema y finalmente conocer si está o no disponible la medida, puede contactar a un abogado de Long Beach Criminal Attorney, quién podrá aclarar todas sus dudas y de ser el caso le brindará asistencia durante todo el proceso que debe seguir para presentar una solicitud y finalmente evitar una condena.

¿Qué es un programa de desvío anterior al juicio?

Alude a un programa avalado por el tribunal, cuyo fundamento jurídico está plasmado en el artículo 1000 PC, tal como lo menciona su nombre permite que los acusados sean desviados de la cárcel y en su lugar reciban asesoría o tratamientos vinculados a las drogas para que logren superar sus problemas de adicción y por ende rehabilitarse. El objetivo principal de este tipo de programa es evitar futuras reincidencias y además significa un beneficio bastante significativo para quien es favorecido con la medida, puesto que si culmina el programa exitosamente el Juez procederá a desechar los cargos presentados por el fiscal en su contra y no sufrirá ningún tipo de repercusión en sus registros penales.

Pero debe tener en cuenta que este programa no se encuentra disponible para todos, ya que solo pueden acceder al mismo quienes han sido acusados por posesión de drogas simples, es decir para su uso personal. Lo anterior implica que aquellos que sean acusados por crímenes de drogas más complejos, como lo son la distribución o la venta de dichas sustancias, no pueden optar a un desvío anterior al juicio.

¿Según la legislación de California qué requisitos debe cumplir un individuo para acceder al programa?

Para empezar debe tener en cuenta que el Juez es el único que tiene autoridad para decidir que un individuo acusado por la ejecución de un crimen debe cumplir un programa especial de desvío anterior al juicio.

Ahora bien, a efectos de que un individuo califique para un programa especial de desvío anterior al juicio, la legislación exige que cumpla determinados requisitos que serán mencionados adelante:

  • No haber sido condenado en el transcurso de los últimos cinco años por un crimen de drogas, salvo que sea uno considerado elegible en concordancia con el artículo 1000 PC.
  • No haber sido condenado por un crimen mayor durante los últimos cinco años en curso.
  • No haber actuado de modo violento o haber emitido amenazas de usar violencia al ejecutar el supuesto crimen.
  • No deben existir pruebas que demuestren que el individuo acusado cometió de modo simultáneo otro crimen de drogas que resulta más serio. Son ejemplos de tales crímenes, vender drogas y poseer drogas con fines de venta.

¿En virtud de cuáles crímenes puede un individuo resultar elegible al programa?

Entre los crímenes por los que un individuo puede aspirar a un programa de desvío anterior al juicio, se pueden mencionar los siguientes:

  • Posesión de sustancias controladas.
  • Posesión de parafernalias de drogas.
  • Encontrarse bajo efectos de sustancias controladas.
  • Poseer metanfetaminas con fines de uso personal.
  • Poseer cannabis de modo ilegal.
  • Cultivar cannabis de forma ilegal con fines de uso personal.

Considere que los crímenes mencionados son solo de referencia, puesto que existen muchos otros en virtud de los que un individuo puede acceder a un programa de desvío anterior al juicio.

¿Cuáles son las drogas que abarca el artículo 1000 PC?

Entre las drogas que abarca los crímenes mencionados en el segmento anterior se pueden mencionar las siguientes:

  • Heroína.
  • Marihuana.
  • GHB.
  • Peyote.
  • Cocaína.
  • Ketamina.
  • Metanfetamina.
  • Sustancias alucinógenas.
  • Éxtasis.
  • Opiáceos para los que se exige receta médica, tales como la hidrocodona y la codeína.

¿Cuál es el procedimiento que se debe seguir para acceder al programa?

El proceso estipulado para acceder a un programa de desvío anterior al juicio está conformado por múltiples pasos. Dichos pasos se basan en la elegibilidad de un individuo, lo que implica determinar si el mismo puede o no aplicar al programa.

En síntesis son tres los pasos a seguir durante un proceso para acceder a un programa de desvío anterior al juicio:

  • Notificación efectuada por el fiscal.
  • Investigación efectuada por un agente de libertad probatoria.
  • Veredicto final del tribunal.

Esto a su vez deja a la vista que durante tal proceso pueden intervenir tres autoridades: un fiscal, un agente de libertad probatoria y el tribunal.

Notificación efectuada por el fiscal

En principio el fiscal se ocupará de analizar el caso y si el individuo aparentemente es elegible al programa notificará tal situación de forma escrita tanto al acusado como al abogado que lo asiste.

Tal notificación debe incluir:

  • Una descripción detallada de los procesos que se deben efectuar durante el programa de desvío anterior al juicio.
  • La descripción de las actividades que deben desempeñar durante el proceso el fiscal, el departamento a cargo de la libertad probatoria y el tribunal.
  • Una descripción sobre el hecho de que a fin de que un individuo logré beneficiarse con el programa se debe declarar “no culpable” respecto a los cargos, además de reiniciar a su derecho de que se celebre un juicio justo en presencia de jurado.
  • La declaración en donde se realice una notificación sobre el hecho de que cuando el individuo finalice el programa de forma exitosa y obtenga una buena recomendación por parte del ente competente, el tribunal procederá a desechar los cargos presentados en su contra.
  • Una declaración donde se señale que es posible finalizar el programa si el individuo beneficiado con el mismo no completa el tratamiento determinado y otra condición establecida o si comete un nuevo crimen que es causal de descalificación.
  • Información sobre de qué modo se deben responder posteriormente las preguntas que se formulen en cuanto al arresto, de ser el caso que un individuo finalice el programa con éxito.

Investigación efectuada por un agente de libertad probatoria

Una vez que se reciba la notificación, cuando un acusado tiene interés en acceder al programa, el tribunal debe celebrar una audiencia con el fin de determinar si resulta o no elegible. No obstante, antes de efectuar tal audiencia, existe la posibilidad de que el tribunal solicite que el departamento a cargo de la libertad probatoria intervenga y por ende un fiscal designado se ocupe de realizar una investigación vinculada al interesado , donde se tomará en cuenta su edad, nivel de instrucción educativa, historial de uso de drogas, relación con su grupo familiar, relación con la colectividad u otros importantes, para luego consignar un informe ante el tribunal, quien se debe ocupar de emitir un veredicto final.

Veredicto final del tribunal

Considerando la investigación efectuada por el agente de libertad probatoria, si en concordancia con el criterio del tribunal el individuo interesado resulta elegible y por ende puede acceder al programa, el Juez debe decidir Cuál es la accesoria, no te habilitas o a tratamiento que debe recibir un individuo debido a un problema de abuso de drogas.

En último lugar, se procederá a dar al acusado una oportunidad para manifestar su consentimiento y por ende acceder al programa.

Previamente el acusado se veía en la obligación de declararse culpable en cuanto a los cargos de drogas que habían sido presentados en su contra antes de lograr ingresar al programa. Sin embargo, este paso del proceso ha sido modificado, debido a los cambios qué te hicieron y empezaron a surtir efecto desde el primero de enero del año 2018, en concordancia con lo que un acusado se puede declarar no culpable, pero todavía puede ser sometido a recibir tratamiento por abusar de drogas, lo cual evidentemente sólo tendrá lugar en el supuesto de qué que cumpla el resto de los requisitos exigidos por la ley. Pero el interesado debe renunciar a su derecho de que se celebre un juicio en presencia de jurado, lo que significa que tendrá un juicio que únicamente será presidido por un juez, lo anterior ocurre si se configura el escenario donde el individuo no cumple satisfactoriamente el tratamiento. Considere que en caso de que un individuo no cumpla satisfactoriamente el programa de desvío anterior al juicio, aún tiene la posibilidad de que los cargos presentados en su contra sean desestimados, lo cual puede lograr si demuestra su inocencia durante la celebración de un juicio presidido por un juez, quién será el único con competencia para tomar una decisión

Por otro lado, debe tener en cuenta que puesto que el tribunal es quien finalmente aprueba o no la participación de un individuo acusado en este tipo de programa, De igual modo puede determinar que un individuo no está cumpliendo el mismo a cabalidad, o que se presentó alguna situación que se puede considerar una causal suficiente para dar por terminado el programa.

Alguna de esas causales son:

  • No cumplir lo pautado para el tratamiento.
  • Que el individuo beneficiado con la medida cometa un crimen menor que demuestre que él mismo suele tener conductas violentas, o que haya sido condenado por cometer un crimen grave.

Si se configura alguna situación de las mencionadas, el tribunal debe fijar la celebración de una audiencia, cuya finalidad será tomar una decisión sobre si el programa debe ser culminado y por ende debe darse continuidad al caso ante las instancias penales, tal como se tenía pautado antes de conceder el programa.

Acotación

Es probable que el individuo acusado tome la determinación de no formar parte del programa, o que un juez decida que no resulta un candidato adecuado dada la situación. Independientemente de cuál sea la situación que se configure, el proceso ante las instancias penales debe seguir su curso, lo que significa que el individuo acusado sí tendrá derecho a celebrar un juicio en presencia de jurado.

¿De qué manera funciona un programa de desvío anterior al juicio?

De configurarse el escenario donde un individuo accede a un programa especial de desvío anterior al juicio, se debe proceder a realizar una evaluación al acusado, ello con la finalidad de ofrecerle asesorías o rehabilitación debido a un problema de abuso de sustancias controladas. Pero, debe tener en cuenta que mientras esté vigente el programa, el individuo beneficiado quizás deba permitir la realización de algunas pruebas cuya finalidad es detectar drogas en su organismo, las cuales se efectúan por medio de exámenes de orina, y en caso de arrojar como resultado qué tal individuo efectivamente ha consumido este tipo de sustancia puede ocasionar la culminación del programa y por ende la continuidad del procedimiento penal.

Una cuestión importante y qué debe tener en cuenta es que se puede imponer un programa ofrecido por el condado u otro qué proporcione los servicios necesarios, pero que esté avalado por parte del condado y por el tribunal. Aunado a lo anterior, es posible que el individuo acusado pida ser remitido a un programa ofrecido en otro condado, lo cual solo tendrá lugar cuando el mismo cumple todos los requisitos exigidos.

Por último, es importante acotar qué a fin de que un individuo logre acceder al programa, debe realizar el pago de una tasa impuesta por el tribunal, la cual debe estar valorada entre los 100 y los 1000 dólares, cuya finalidad es cubrir parcialmente o totalmente los costos devengados debido a supervisiones realizadas por el departamento de libertad probatoria. Debe tener en cuenta que el tribunal tiene plena discreción para ajustar la tasa, para lo que debe tomar en cuenta la magnitud del crimen, y si otro padeció una pérdida debido al mismo y cuál es la capacidad económica del acusado para cubrir los pagos.

¿Cuánto dura el programa de desvío anterior al juicio?

Previamente era posible que la duración del programa se extendiera hasta tres años. Sin embargo, hoy en día su duración debe estar comprendida de doce a dieciocho meses, pero en casos especiales donde existe buena causa existe la posibilidad de pedir al Juez más tiempo para completar el mismo.

¿Qué beneficios conlleva culminar el programa exitosamente?

El hecho de que un individuo concluya exitosamente un programa especial de desvío anterior al juicio conlleva diferentes beneficios, siendo el primero de ellos el hecho de que la corte deseche los cargos y que por ende se considere que el arresto nunca ocurrió.

En concordancia con la idea anterior, uno de los beneficios es que el individuo acusado va a poder declarar legalmente bajo juramento ante cualquier solicitud de crédito, empleo o arriendo que en ninguna oportunidad ha enfrentado un arresto debido al cargo y por ende nunca fue beneficiado con un programa de desvío anterior al juicio por cometer un crimen.

Sin embargo, a la regla mencionada se pueden aplicar ciertas excepciones, lo que implica que el individuo beneficiado con el programa debe revelar qué ocurrió el arresto.

Algunas de esas excepciones son:

  • Que el individuo esté aspirando a un cargo como agente policial.
  • Cuando un individuo está completando una petición de inmigración.

Considere que la mejor forma de aclarar ante cuáles situaciones específicas debe ser revelado el arresto y el hecho de haber sido beneficiado con un programa especial de desvío anterior al juicio, es consultando a un abogado especialista en leyes penales.

Por último, debe considerar que cuando un individuo finaliza exitosamente un programa de desvío anterior al juicio, de igual modo es posible que pueda enfrentar un proceso disciplinario instaurado por una agencia encargada de otorgar licencias a dentistas, farmacéuticos o médicos, e incluso que su licencia de conducir sea suspendida, negada o revocada.

 ¿Cuándo puede un tribunal dar por terminado un programa especial de desvío anterior al juicio?

Existen diversos motivos que un tribunal puede usar como justificación para dar por terminado un programa de desvío anterior al juicio, al considerar que el individuo beneficiado no está cumpliendo a cabalidad con el mismo

Algunos de los motivos son:

  • Ausentarse al programa.
  • No participar en el programa de modo satisfactorio.
  • Que el individuo beneficiado no esté sacando ventaja de las asesorías o tratamiento ofrecidos por el programa.
  • Que el individuo beneficiado haya sido condenado debido a la ejecución de un crimen grave.
  • Que el individuo beneficiado haya sido condenado debido a la ejecución de un crimen menor que demuestra su tendencia a cometer actos violentos.
  • Que el individuo beneficiado haya cometido un acto criminal que conllevaba su descalificación.

En resumen, un individuo que ha sido favorecido con un programa especial de desvío anterior al juicio, se expone a que la medida sea revocada en caso de no completar adecuadamente el tratamiento u otra condición impuesta por el tribunal, e incluso si ejecuta un crimen bien sea grave o menor vinculado al uso de violencia.

Ahora bien, cuando el tribunal revoca la medida se debe dar continuidad al proceso penal instaurado contra el acusado, lo que implica que el mismo puede hacer todo lo que esté a su alcance por demostrar su inocencia o que en el peor de los desenlaces puede ser declarado responsable del crimen y por ende sancionado.

¿Existe otra opción de programa de desvío de drogas disponible en California?

Si, en el Estado de California existen otras opciones de programa de desvío de drogas disponibles, cuya finalidad es ofrecer rehabilitación y tratamiento a los procesados por la ejecución de un crimen.

Algunos de ellos son:

  • Preposición 36.
  • Tribuna de drogas.
  • Programa de desvío para personal militar.
  • Programa de desvío por antecedentes vinculados a salud mental.

Cada uno de ellos cuenta con características y requisitos propios. Un buen abogado puede explicarle claramente a que se refieren, cuáles son sus exigencias y por ende en cuáles casos es posible para un individuo aplicar a los mismos.

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Como habrá alcanzado a entender esta medida resulta un alivio bastante significativo para el individuo que resulte favorecido con la misma, solo es cuestión de analizar sus requisitos de elegibilidad a fin de que verifique si puede aplicar.

Si desafortunadamente fue arrestado por presuntamente haber cometido un crimen vinculado a drogas en Long Beach, quizás usted sea un candidato idóneo a un Programa de Desviación Previo al Juicio. Para obtener información sobre el tema y finalmente conocer si está o no disponible la medida, puede contactar a un abogado de Long Beach Criminal Attorney, quién podrá aclarar todas sus dudas y de ser el caso le brindará asistencia durante todo el proceso que debe seguir para presentar una solicitud y finalmente evitar una condena.

Para obtener una cita solo debe llamar al 562-308-7807, que corresponde a la línea de atención telefónica de la firma legal mencionada. Tenga en cuenta que esta es su mejor opción, ya que podrá contar con asesoría otorgada por un abogado experto, que hará todo lo posible para que usted resulte favorecido y conozca a cabalidad lo que debe hacer para culminar el programa exitosamente y por ende evitar ser condenado y tener una mancha en sus antecedentes penales.